Close
Location

Your closest branch is:

Entrega comercial dedicada desde 45€. Saber más

Puro Ventures Ltd

T/A Speedy Freight

Ground Floor Suite

1 Puro House

Unit 2 Cranford Drive

Knutsford Business Park

Knutsford

WA16 8ZR

Puro Ventures Ltd T/A Speedy Freight (en lo sucesivo denominado el “Transportista”) no es un operador de transporte común y solo acepta transportar mercancías en el estado y con las Condiciones estipuladas a continuación. No se permite que ningún asistente o agente del Transportista modifique o varíe las presentes Condiciones de modo alguno a no ser que haya recibido una autorización expresa y por escrito para hacerlo de una persona debidamente autorizada. Si alguna parte de estas Condiciones fuera incompatible con la legislación aplicable, dicha parte se considerará inválida en relación con el Contrato, únicamente en ese aspecto.

1. Definiciones

En las presentes Condiciones:

El “Cliente” se refiere a la persona, organización o empresa que contrata los servicios del Transportista.

El “Contrato” se refiere al contrato de transporte entre el Cliente y el Transportista.

El “Destinatario” o “Consignatario” se refiere a la persona o empresa a la que va destinado el Envío contratado al Transportista.

El “Envío” se refiere a la mercancía, que puede ser un único artículo o puede ser a granel, o puede encontrarse dentro de un bulto, paquete o contenedor, sea el caso que sea, o cualquier número de artículos, bultos, paquetes o contenedores que envíe a la vez en una carga el Cliente al Destinatario de una dirección a otra.

El término “Mercancías Peligrosas” se refiere a las mercancías mencionadas en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español y en el Acuerdo Europeo de 30 de septiembre de 1957 sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera”. Ambos documentos regulan conjuntamente el transporte de mercancías peligrosas por carretera, incluyendo explosivos, material radioactivo y cualquier otra mercancía que suponga un riesgo similar.

La “Dirección de Entrega” se refiere a la dirección que se ha notificado al Transportista en el momento de la reserva para que entregue el Envío.

La “Demora” se refiere a cualquier coste o gasto que sufra el Transportista como consecuencia de la detención inapropiada, excesiva o poco razonable de cualquier vehículo, remolque, contenedor u otro equipo que pertenezca al Transportista o esté bajo su control.

Un “Caso de Fuerza Mayor” se refiere a lo establecido en la Condición 14(3)(b).

“Por escrito” o “Escrito” se refiere, a no ser que se acuerde lo contrario, a la transmisión de información por medios de comunicación electrónicos, ópticos o similares, incluyendo entre otros, el fax, el correo electrónico o el intercambio electrónico de datos (EDI, por sus siglas en inglés), siempre y cuando el acceso a la información sea fácil y esta sea duradera para que pueda utilizarse para ulteriores consultas.

(1) Estas Condiciones:

(a) se aplicarán y se incorporarán al Contrato entre el Cliente y el Transportista;

(b) prevalecerán sobre cualquier término o condiciones incoherentes incluidos, o a los que se haga referencia, en la orden de compra, la confirmación del pedido, la aceptación de un presupuesto o especificación del Cliente, o implícitos por ley, el uso comercial, la práctica o el curso de una negociación.

(2) La orden de compra del Cliente, o la aceptación por su parte de un presupuesto por los servicios del Transportista, constituye una oferta del Cliente de adquirir los servicios especificados en estas Condiciones. El Transportista no debería aceptar ninguna oferta del Cliente aparte de:

(a) mediante el reconocimiento verbal o escrito del presupuesto emitido por el Transportista; o

(b) (si fuera anterior) por el comienzo de la prestación de servicios por parte del Transportista, cuando se vaya a realizar un contrato para el suministro y la adquisición de dichos servicios siguiendo las presentes Condiciones. Los términos y condiciones estándar del Cliente (si los hubiera) adjuntos, incluidos con, o mencionados en alguna orden de compra u otro documento, no prevalecerán.

 

3. Reservas, inicio y duración.

(1) El Cliente deberá realizar las reservas al Transportista por teléfono o correo electrónico.

(2) El Transportista proporcionará un presupuesto para el transporte del Envío que será válido durante un periodo de 7 días o el periodo alternativo que indique el Transportista.

(3) El Transportista se reserva el derecho a negarse a aceptar cualquier reserva.

(4) Los servicios proporcionados según lo estipulado en el presente acuerdo deben ser facilitados por el Transportista al Cliente desde la fecha en que el Transportista acepte la oferta del Cliente, conforme a la Condición 2.2. mencionada anteriormente.

(5) Dichos servicios deberán ser proporcionados hasta la entrega del Envío en la Dirección de Entrega o hasta la finalización del Contrato.

 

(1) El Cliente asegura que él es el propietario del Envío o que está autorizado por el dueño del mismo a aceptar las presentes Condiciones en nombre de dicho propietario.

(2) El Transportista y cualquier otro operador de transporte empleado por el Transportista, puede emplear los servicios de cualquier otro operador de transporte a fin de cumplir el Contrato en su totalidad o parcialmente, y deberá facilitarse al Cliente el nombre de cada uno de los operadores de transporte implicados, si este lo solicita. En cualquier momento el Transportista puede ceder, hipotecar, gravar, delegar, crear un fideicomiso o tomar otras medidas en relación con todos o cualquiera de sus derechos y obligaciones en virtud del presente Contrato, en la medida en que la ley lo permita.

(3) El Transportista realiza el contracto para sí mismo y como agente para sus asistentes y agentes y todos los demás operadores de transporte mencionados en el punto (2) anterior, y los asistentes y agentes de dichos operadores de transporte alternativos. Se considerará que cualquier referencia en estas Condiciones al “Transportista” incluye a cualquier otro operador de transporte, asistente y agente con la intención de que se beneficien del Contrato, y colectiva y conjuntamente con el Transportista no tengan una responsabilidad mayor con el Cliente ni con ninguna otra parte que la que tiene el Transportista en virtud del presente Contrato.

(4) A pesar de lo que se indica en la condición 4(3), en el transporte realizado por tren, mar, vía fluvial o aire, el Transportista actuará como agente del Cliente, para que el envío sea llevado a cabo por un tercero y estará sujeto a las condiciones del tercero contratado para realizar el envío por tren, mar, vía fluvial o aire. El Transportista no tendrá responsabilidad de ninguna clase con nadie y de ningún modo que se derive de dicho transporte: siempre y cuando en caso de que el Envío se haya transportado en parte por carretera y en parte por otros medios de transporte alternativos, se considere que cualquier pérdida, daño o retraso haya sucedido mientras el Envío se estaba transportando por carretera, a no ser que el Transportista demuestre lo contrario.

 

(1) El Transportista no tendrá ninguna obligación de transportar Mercancías o Envíos peligrosos.

(2) El Cliente es responsable de comprobar si los contenidos de cualquier Envío son Mercancías Peligrosas, están prohibidos o están sujetos a restricciones o requisitos específicos tanto en España como en el país de destino para los envíos internacionales.

(3) El Cliente no debe enviar ni intentar enviar un Envío que contenga ninguna Mercancía Peligrosa, mercancía prohibida o restringida utilizando los servicios del Transportista sin revelar esta información al Transportista.

(4) Si el Cliente envía o intenta enviar Mercancías Peligrosas, mercancías prohibidas o restringidas, el Cliente podrá ser procesado, y deberá indemnizar y mantener indemnizado al Transportista y a sus empleados, contratistas, subcontratistas y agentes por cualquier pérdida o daño que hayan sufrido o cualquier responsabilidad que se haya derivado de dichas acciones.

(5) Si el Cliente manda un Envío que contenga Mercancías Peligrosas, mercancías prohibidas o restringidas, el Transportista podrá tratar el Envío a su total y exclusiva discreción (sin incurrir en ninguna responsabilidad de ningún tipo con el Cliente ni el destinatario), incluyendo la destrucción o eliminación de otro modo de dicho bulto o Envío de manera total o parcial, o la devolución del Envío al Cliente, y tendrá derecho a cobrar al Cliente el coste de la eliminación y cualquier otro gasto razonable en el que haya incurrido y adicionalmente el importe de 20 £, (o el importe especificado por el Transportista en su sitio web) si decide devolver el Envío o cualquier parte del mismo.

(6) El Transportista puede, actuando de forma responsable, añadir o eliminar artículos de la definición de Mercancías prohibidas o restringidas (y puede modificar cualquier restricción aplicable) sin previo aviso, con solo publicar la información sobre dichas incorporaciones o eliminaciones en su sitio web a disposición de los usuarios.

(7) El Cliente será responsable ante el Transportista, sus empleados, subcontratistas y agentes de todas las pérdidas, daños o lesiones derivados del transporte de Mercancías Peligrosas, mercancías prohibidas o restringidas, estén o no declaradas como tales, y de todas las mercancías que no estén adecuadamente embaladas y debidamente etiquetadas (o no cumplan cualquier otro requisito específico) hasta el punto en que dicha pérdida, daño o lesión haya sido causado por la naturaleza de dichas mercancías.

(8) El Cliente debe declarar las Mercancías Peligrosas (mercancías prohibidas o restringidas) y si el Transportista acepta transportarlas deben estar clasificadas, embaladas, marcadas, etiquetadas y documentadas de acuerdo con las disposiciones legales para el transporte por carretera de la sustancia declarada.

(9) El Cliente debe facilitar las Tarjetas de Emergencia de Transporte (Tremcards) o la información por escrito requerida por las disposiciones legales aplicables en relación con cualquier sustancia y deben acompañar el Envío. El Transportista se asegurará de que las tarjetas sean adecuadas para la carga.

(10) El Transportista se reserva el derecho a abrir e inspeccionar cualquier Envío.

 

(1) El Cliente se asegurará de que el Envío esté embalado de forma adecuada y segura para su carga, transporte o almacenaje.

(2) El Transportista hará todos los esfuerzos razonables para garantizar que los Envíos se entreguen a la hora que se haya notificado al Cliente. Sin embargo, se acuerda que dichas horas son simples estimaciones y que la hora no debe ser el aspecto esencial para el propósito de este contrato.

(3) Cuando los Envíos deban ser recogidos en la dirección de un Cliente, el Cliente deberá proporcionar el equipo y mano de obra adecuados para cargar el Envío.

(4) Se considerará que la Entrega se ha completado cuando el Transportista termine de descargar el Envío en la Dirección de Entrega, y se obtenga un comprobante de entrega firmado (POD, por sus siglas en inglés). El conductor que entregue el Envío deberá escanear el POD y cargar la prueba fotográfica tal y como requiera el Transportista.

 

(1) A no ser que el Transportista haya accedido por escrito a lo contrario ante el Cliente:

(a) El Transportista no tendrá ninguna obligación de proporcionar ninguna planta, alimentación o mano de obra, aparte de lo que incluya el vehículo, que pueda requerirse para cargar o descargar el Envío.

(b) El Cliente garantiza que él mismo o alguien en su nombre proporcionará cualquier equipamiento especial o las instrucciones que se requieran para cargar y descargar el Envío que no estén incluidos en el vehículo.

(c) El Cliente garantizará que cualquier grúa, carretilla elevadora, eslinga, cadena u otro equipo utilizado para cargar o descargar el vehículo sean adecuadas para tal fin e indemnizará al Transportista por todas las consecuencias derivadas del fallo o el carácter inadecuado de dicho equipo.

(d) El Cliente garantizará que haya un acceso adecuado a los puntos de carga y descarga, y que las carreteras hacia y desde las autovías públicas sean de un material adecuado y que la descarga se realice en una superficie sólida y apropiada, donde haya suficiente espacio para cargar o descargar el vehículo con seguridad.

(e) El Transportista no tendrá ninguna responsabilidad de ningún tipo con el Cliente por cualquier daño de cualquier tipo y causado en cualquier circunstancia, si se ordena al Transportista que use o se le proporcionan dispositivos especiales para cargar o descargar un Envío que incumplan la garantía mencionada anteriormente en (b), no hayan sido proporcionados por el Cliente o en nombre del Cliente.

(f) No se exigirá al Transportista que ofrezca servicio más allá del lugar de entrega o recogida habitual, pero si el Transportista proporcionara dicho servicio, sería a riesgo exclusivo del Cliente y conforme al punto 7(3) que aparece más abajo.

(2) El Cliente deberá indemnizar al Transportista por todas las reclamaciones y demandas que no se hubiesen realizado de no haberse proporcionado las instrucciones mencionadas en (1)(c) de esta Condición y el servicio mencionado en (1)(d) de esta Condición.

(3) El Cliente deberá indemnizar al Transportista por todos los costes, gastos, lesiones, pérdidas, daños por responsabilidad, reclamaciones, procedimientos o costes legales que pueda sufrir el Transportista como resultado de la asistencia durante la carga o descarga.

(4) El Cliente deberá indemnizar al Transportista por toda la responsabilidad o pérdida o daño que se haya sufrido o en que se haya incurrido (incluyendo entre otras cosas el daño al vehículo del Transportista) como resultado del cumplimiento por parte del personal del Transportista de las instrucciones del Cliente o del Destinatario, o sus asistentes o agentes.

(5) El Cliente deberá poner a disposición del Transportista información detallada de cualquier evaluación de riesgo que se haya realizado en la recogida y/o la entrega. La responsabilidad de llevar a cabo dichas evaluaciones de riesgo será del Cliente y no del Transportista.

 

El Cliente garantiza que:

(1) el Envío no contamina ni contaminará el medioambiente, ni daña la salud humana, no requiere ningún consentimiento o licencia oficial para manipularlo, llevarlo, manejarlo o portarlo; no se trata de ningún tipo de residuo mientras esté bajo el cuidado y control del Transportista (a no ser que se haya informado previamente al Transportista de lo contrario); y que el Envío es de tal naturaleza que puede transportarse de forma legal en España.

(2) cumplirá y hará que todos sus agentes, empleados y subcontratistas también cumplan cualquier normativa razonable del Transportista relacionada con la manipulación, salud y seguridad, que se les notifique o se les haya notificado; y

(3) facilitará al Transportista toda la información y materiales que razonablemente pueda necesitar el Transportista para cumplir con sus obligaciones establecidas en el Contrato y garantizará que dicha información sea completa y precisa en todos los aspectos principales.

(4) si se impidiera, obstaculizara o retrasara el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Transportista establecidas en el Contrato por algún acto u omisión del Cliente o por el incumplimiento por parte del Cliente de alguna obligación relevante (“Retraso en el pago o impago del Cliente”), entonces

(a) sin limitar ni afectar a cualquier otro derecho o recurso disponible para ello, el Transportista tendrá derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones hasta que el Cliente resuelva el Retraso en el pago o impago del Cliente y puede utilizar el Retraso en el pago o impago del Cliente para eximirle del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en cada caso hasta el punto en que el Retraso en el pago o impago del Cliente impida, obstaculice o retrase el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Transportista;

(b) el Transportista no será responsable de ningún coste o pérdida que haya sufrido o en la que haya incurrido el Cliente que se derive directa o indirectamente del incumplimiento o retraso por parte del Cliente de cualquiera de las obligaciones establecidas en esta Condición 8(4); y

(c) tras recibir la petición o demanda por escrito, el Cliente deberá reembolsar al Transportista cualquier coste o pérdida que haya sufrido o en los que haya incurrido el Transportista derivados directa o indirectamente del Retraso en el pago o impago del Cliente.

 

(1) En caso necesario, el Transportista deberá firmar un documento preparado por el remitente que reconozca la recepción del Envío, pero tal documento no constituirá una prueba del estado ni de la corrección de la naturaleza, cantidad o peso declarados del Envío en el momento de su recepción por parte del Transportista y la responsabilidad de demostrar el estado del Envío en el momento de ser recogido por el Transportista y que el Envío era de la naturaleza, cantidad o peso declarados en el documento relevante será del Cliente.

(2) Antes de que se cargue el Envío o cuando este proceso termine, el Cliente deberá firmar y entregar inmediatamente al Transportista una carta de porte que indique:

(a) La dirección de recogida, el Destinatario y la Dirección de Entrega;

(b) Una descripción total y precisa de la naturaleza de las mercancías del Envío y del método de embalaje;

(c) El número de artículos, bultos, paquetes o envases del Envío;

(d) El peso bruto de las mercancías del Envío o su calidad expresada de forma alternativa y

(e) Cualquier otra información que el Transportista pueda requerir razonablemente.

 

(1) A no ser que ambas partes acuerden expresamente lo contrario, el traslado comenzará cuando el Transportista tome posesión del Envío, ya sea en el punto de recogida o en las instalaciones del Transportista.

(2) El traslado (a no ser que se haya indicado previamente algo diferente) finalizará cuando se entregue el Envío en la Dirección de entrega, siempre y cuando,

(a) si no hay un acceso seguro y adecuado o no existen instalaciones de descarga apropiadas y el Envío no puede entregarse, se considerará que el Traslado finaliza al final de un día hábil después de que se haya notificado por escrito (o por teléfono) al Destinatario la llegada del Envío a las instalaciones del Transportista; y

(b) cuando por cualquier otra razón no se pueda entregar un Envío o cuando un Envío sea retenido por el Transportista “a la espera de órdenes” o para “ser almacenado hasta que se reclame” o por cualquier otra instrucción y dichas instrucciones no se den o no se reclame la entrega del Envío y este no se recoja en un plazo de tiempo razonable, se considerará que el traslado habrá concluido al finalizar dicho plazo razonable.

(3) El Cliente deberá garantizar que el Envío esté embalado de forma adecuada y esté etiquetado de acuerdo con la legislación relevante y se encuentre en un estado que no sea probable que cause lesiones o daños a ninguna persona o propiedad.

(4) El Cliente deberá garantizar que no se produzca ninguna pérdida o daño a ninguno de los vehículos del Transportista mientras esté en las instalaciones de recogida o entrega y será responsable de cualquier daño de este tipo.

(5) El Envío será por cuenta y riesgo exclusivo del Cliente todo el tiempo excepto durante el traslado del Envío.

 

(1) Cuando el Destinatario no se encuentre en la Dirección de Entrega o no reciba el Envío en las condiciones establecidas, no la descargue cuando se le requiera o se niegue a firmar el recibo del envío, o no pague el importe del reembolso, el Transportista deberá solicitar inmediatamente instrucciones al Cliente.

(2) En estos casos (así como cuando el transporte no pueda realizarse según las condiciones pactadas), el Transportista podrá descargar la mercancía haciéndose cargo de su depósito (no podrá ser liberado de la responsabilidad que, como Transportista, establece la Ley 15/2009), o contratando un depósito con un tercero (respondiendo en tal caso solo por la elección negligente del depositario), o puede solicitar el depósito judicialmente o ante la Junta Arbitral del Transporte (teniendo este depósito los mismos efectos que la entrega), o puede solicitar el depósito ante la Junta Arbitral del Transporte (teniendo los mismos efectos que la entrega, por lo que debe considerarse terminado el transporte). También podrá solicitar la venta judicial o administrativa de los bienes.

(3) En cualquiera de estos casos, el Transportista podrá solicitar ante la autoridad judicial competente, o ante la Junta Arbitral del Transporte la venta del Envío, sin esperar instrucciones de quien tenga derecho a el, si así lo justifica su carácter perecedero o el estado en el que se encuentra o si los gastos de custodia son excesivos en relación con su valor.

(4) En ausencia de estas circunstancias, el Transportista solo podrá solicitar la enajenación del Envío si, dentro de un periodo de tiempo razonable, no ha recibido instrucciones de la persona que tiene el poder de disposición, y siempre que la ejecución sea proporcionada a las circunstancias de cada caso.

 

(1) El Cliente deberá pagar las tarifas del Transportista sin perjuicio de los derechos del Transportista en relación con el Destinatario o cualquier otra persona, con la condición de que cuando un Envío se transporte “a portes debidos”, no se exigirá al Cliente que pague dichas tarifas a no ser que el Destinatario no las abone después de que el Transportista haya exigido de forma razonable el pago de las mismas.

(2) Las tarifas deberán pagarse en su debido momento sin deducción ni aplazamiento con motivo de cualquier demanda, contrademanda o reclamación por compensación. El Cliente pagará al Transportista en un plazo de 30 días a final de mes desde la fecha de la factura las cantidades pendientes de pago tras el vencimiento del plazo, y el Transportista tendrá derecho, sin perjuicio de otros derechos, a cobrar un interés del 8 % por encima del tipo base del interés del dinero, de conformidad con los dispuesto en los Presupuestos Generales del Estado.

(3) A no ser que se acuerde lo contrario con el Cliente en el momento de la reserva, no será necesario que el Transportista obtenga un comprobante de entrega firmado o ningún otro tipo de comprobante de entrega del Envío (incluyendo pruebas fotográficas) del Destinatario. Cuando el Transportista se comprometa, en el momento de la reserva, a obtener dicho comprobante de entrega, el Cliente no podrá retener ningún pago si el Transportista no puede proporcionar un comprobante de entrega a no ser que el Transportista reciba una notificación informándole de que la entrega no se ha realizado en el plazo máximo de 48 horas después de la hora de entrega prevista del Envío y posteriormente el Transportista no pueda mostrar pruebas de que la entrega se ha realizado.

(4) El Cliente tiene derecho a cancelar la recogida de un Envío en cualquier momento antes de la hora de recogida acordada. Si el Cliente cancela la recogida menos de una hora antes de la hora acordada, el Transportista se reserva el derecho a cobrar una tarifa por cancelación equivalente al 100 % del cargo total acordado.

(5) Si el Envío no está listo a la hora de recogida acordada, el Transportista se reserva el derecho a cobrar las tarifas notificadas en el presupuesto facilitado, por cada periodo de 15 minutos o parte del mismo, hasta que el Envío esté listo para su carga después del periodo acordado en el presupuesto.

(6) Si el Destinatario no ha finalizado la carga o descarga de un Envío en el plazo de 15 minutos tras la llegada del Transportista a la dirección de carga o a la Dirección de Entrega, el Transportista se reserva el derecho a cobrar las tarifas que se hayan indicado en el presupuesto por cada 15 minutos después del periodo acordado hasta que la descarga del Envío haya finalizado.

(7) Las tarifas del Transportista están sujetas a ajustes por parte del mismo para compensar cualquier variación en sus costes incluyendo (entre otras cosas) cambios salariales, coste de materiales, coste del combustible, fluctuaciones del tipo de cambio, modificaciones de los aranceles, tarifas de las autoridades locales, Seguridad Social y otros costes laborales, IVA y otros gastos.

(8) En caso de que el Transportista proporcione servicios adicionales a los acordados originalmente incluyendo (entre otros) los servicios fuera del horario laboral, la realización de entregas a lugares distintos a la Dirección de entrega o fuera del horario en el que el Transportista deba recoger o entregar el Envío, el Transportista tiene derecho a que el Cliente le pague el importe adicional que represente el coste adicional en el que se haya incurrido además de una tarifa de gestión (de hasta 100 £). El Cliente no tendrá derecho a retener, compensar ni deducir de ningún importe que deba al Transportista ninguna cantidad que alegue que le deba el Transportista. El Cliente es responsable de garantizar que ha pagado el importe adecuado. Si en algún momento el Transportista determina que el Cliente no ha pagado las tarifas adecuadas, el Cliente será responsable ante el Transportista de abonar la diferencia entre lo que pagó inicialmente el Cliente y el importe que el Cliente debería haber pagado. El Transportista puede, a su entera discreción, suspender cualquier cuenta que el Cliente tenga con el Transportista hasta que se le abone cualquier importe pendiente de pago, además de tomar las medidas legales adicionales a las que tenga derecho el Transportista para recuperar cualquier cantidad pendiente de pago.

 

(1) El Cliente puede cancelar el pedido hasta 24 horas antes y recibir un reembolso total poniéndose en contacto con el Transportista e indicando el número de pedido correspondiente del Envío.

(2) Si un pedido se cancela en el plazo de 24 horas de su recogida, el Transportista intentará cancelar el pedido y realizar un reembolso siempre que sea posible. Sin embargo, si el Transportista no pudiera cancelar la entrega sin incurrir en gastos, dichos gastos se trasladarán al Cliente y, en cualquier caso, el Cliente no podrá cancelar el pedido y no tendrá derecho a reembolso si el Transportista ha recogido o entregado el Envío, o si la etiqueta ya ha sido utilizada.

 

(1) El Transportista será responsable por la pérdida total o parcial de los Envíos, así como de los daños sufridos en los mismo, desde el momento de su recepción hasta el momento de su entrega. Asimismo, el Transportista será responsable de los daños y perjuicios derivados del retraso en la entrega o en el transporte de las mercancías.

(2) En ausencia de regulación específica, el incumplimiento por parte del Transportista de cualquier obligación derivada del contrato de transporte, se regirá por las normas generales españolas de responsabilidad contractual.

(3) Cuando el daño se deba, simultáneamente, a una causa que exonere de responsabilidad al Transportista y a otra causa que lo haga responsable, sólo es responsable en la medida en que esta última haya contribuido al daño.

(4) De acuerdo con estas Condiciones el Transportista será responsable de:

(a) la pérdida física, la entrega equivocada de o los daños a seres vivos, lingotes, dinero, títulos o valores, sellos, metales preciosos o piedras preciosas que formen el Envío únicamente si:

(i) el Transportista ha accedido específicamente por escrito a transportar dichos artículos; y

(ii) el Cliente ha accedido por escrito a reembolsar al Transportista en relación con cualquier coste adicional que se derive del transporte de los artículos mencionados; y

(iii) la pérdida, la entrega equivocada o los daños sean ocasionados durante el traslado y se demuestre que se deban a la negligencia del Transportista, sus empleados, contratistas, subcontratistas o agentes;

(b) la pérdida física, la entrega equivocada o los daños a cualquier otra mercancía incluida en el Envío a no ser que se derive de un “Caso de Fuerza Mayor” que se referirá a cualquier acto o actos, eventos, circunstancias o causa cuya ocurrencia escape al control razonable del Transportista, incluyendo entre otras cosas:

(i) cualquier consecuencia de una guerra, invasión, acto de un enemigo extranjero, hostilidades (bélicas o de otro tipo), guerra civil, rebelión, insurrección, acto terrorista, golpe militar o usurpación de poder o confiscación, requisamiento o destrucción o daños a manos de o bajo las órdenes de cualquier gobierno o autoridad pública o legal.

(ii) la incautación o decomiso durante un proceso judicial;

(iii) el error, acto, omisión, tergiversación o falseamiento por parte del Cliente u otro propietario del Envío o por parte de asistentes o agentes de cualquiera de ellos;

(iv) la responsabilidad inherente por la pérdida de volumen o de peso, diseño defectuoso, defecto oculto o defecto inherente, defecto o deterioro natural del Envío;

(v) cualquier requisito especial para la manipulación del Envío que no se haya notificado al Transportista;

(vi) el embalaje, el etiquetado y los datos de dirección insuficientes o inadecuados;

(vii) una revuelta, disturbio civil, huelga, confinamiento, interrupción, o limitación de la actividad laboral, ya sea total o parcial por la causa que sea;

(viii) un incendio, inundación, tormenta, terremoto, pandemia o epidemia;

(ix) una congestión de las carreteras, accidentes de tráfico, retrasos para llegar al lugar de entrega o falta de instrucciones de entrega por parte del Cliente, avería del vehículo;

(x) la no aceptación por parte del Destinatario en un plazo razonable de tiempo después de la presentación del Envío ante él.

(5) El Transportista no será responsable bajo ninguna circunstancia por la pérdida, daños o retraso que ocurran después de que se considere que el traslado ha finalizado, dentro de lo estipulado en estas Condiciones, independientemente de que haya sido causado o no, o haya contribuido a ello directa o indirectamente cualquier acto, omisión, negligencia, fallo u otro tipo de acción indebida del Transportista, sus asistentes, agentes o subcontratistas.

(6) El Transportista no será responsable de ninguna pérdida, deterioro o daños ni de que no se realice la entrega o se realice de manera equivocada la entrega de cualquier propiedad (incluyendo el Envío) ni de ninguna otra reclamación bajo ninguna circunstancia si se demuestra que la pérdida, el deterioro o el retraso se han producido por culpa del cargador o del Destinatario, por instrucción de este último no provocado por una acción negligente del Transportista, por un defecto en la mercancía o por circunstancias que el Transportista no puedo evitar y cuyas consecuencias no se podían prevenir.

(7) El Transportista quedará exonerado de responsabilidad si demuestra que, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada caso, la pérdida o el daño podrían haberse producido por uno de los siguientes riesgos:

Uso de vehiculos abiertos y descubiertos, cuando se haya acordado sicho uso de acuerdo con la costumbre.

Falta o deficiencia en el embalaje de las mercancías, lo que provoca que estén expuestas, por su naturaleza, a pérdidas o daños.

Manipulación, carga, estiba, desestiba o descarga realizada por el cargador o el Destinatario, respectivamente, o por aquellas personas que actúen en su nombre.

Naturaleza de determinadas mercancías expuestas por causas inherentes a pérdida o daño total o parcial, especialmente provocadas por rotura, moho, oxidación, deterioro interno y espontáneo, contracción, derrame, desecación o acción de polillas o roedores.

Identificación o etiquetado defectuoso de los paquetes.

Transporte de animales vivos si el Transportista prueba que, teniendo en cuenta las circunstancias del transporte, ha adoptado las medidas que normalmente corresponden y ha seguido las instrucciones de carácter especial que se le hayan podido dar.

(8) Sin embargo, la persona con derecho a reclamar, puede probar que el daño no fue causado, en todo o en parte por ninguno de estos factores. Cuando se demuestre que el daño fue causado, en parte, por causa imputable al Transportista, este será responsable en la medida en que dicha circunstancia haya contribuido al deterioro.

(9) En ningún caso podrán invocarse como causa de exoneración los defectos de los vehículos utilizados para el transporte.

(10) A no ser que se acuerde lo contrario, el Transportista no tendrá la obligación de asegurar el Envío y, cuando deba hacerlo, lo asegurará siguiendo las condiciones establecidas por el Convenio CMR. El Cliente es responsable de asegurar el Envío a todo riesgo por su valor asegurable total.

 

El Transportista no será responsable bajo ninguna circunstancia de un Envío en caso de que se haya cometido un fraude por parte del Cliente o propietario del mismo, o los asistentes o agentes de alguno de ellos, respecto a dicho Envío, a no ser que el Transportista o algún asistente del Transportista haya contribuido al fraude siendo cómplice del mismo en el curso de su trabajo.

PURO VENTURES LTD T/A SPEEDY FREIGHT – CONDICIONES DEL PROVEEDOR

  • BFA Established - British Franchise Association
  • BIFA British International Freight Association Logo
  • FIATA
  • UKWA
  • RHA Member Logo Speedy Freight
  • ISO 9001 UKAS Quality Management
  • ISO 14001
  • Cyber Essentials Certified Plus Logo
  • NEBOSH Endorsed
  • Elite Franchise Top 100 Franchises 2023
  • High Commended Staff Development Award -Speedy Freight - BIFA Awards 2022
  • Franchisor of The Year Finalist 2022 - Speedy Freight - BFA
Todas Las Oficinas